15/03/2020
Desde el Ayuntamiento de Librilla, y según instrucciones del
Gobierno Central, os informamos de la declaración del Estado de Alarma en todo
el territorio nacional, durante 15 días naturales.
Durante la vigencia del estado de alarma se deberá de
respetar las siguientes pautas:
1º.- Se limitará la libertad de
circulación de personas por las vías de uso público para la realización de las
siguientes actividades:
a) Adquisición
de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
b) Asistencia a centros, servicios y
establecimientos sanitarios.
c) Desplazamiento al lugar de trabajo para
efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
d) Retorno al lugar de residencia habitual.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores,
dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Desplazamiento a entidades financieras y de
seguros. g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
h) Cualquier otra actividad de análoga
naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a
personas con discapacidad o por otra causa justificada.
2. Se permitirá la circulación de
vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las
actividades referidas anteriormente o para el repostaje en gasolineras o
estaciones de servicio.
Además, se suspenden actividades
y permanecerán cerradas las siguientes instalaciones:
- - Toda actividad educativa presencial en todos los
centros y etapas (colegios, institutos, guarderías, etc.)
- - Locales y establecimientos minoristas a excepción
de los de primera necesidad, como son:
o Farmacias.
o Comercios de alimentación, bebidas y primera
necesidad.
o Médicos, ópticas, productos ortopédicos.
o Productos higiénicos.
o Prensa y papelería.
o Gasolineras.
o Estancos.
o Tecnología y comunicación.
o Alimentos para animales de compañía.
o Tintorería y lavandería.
o Comercio por internet, telefónico o
correspondencia.
o Peluquería.
- Se suspenden la apertura de archivos,
bibliotecas, museos, locales donde se realicen espectáculos públicos,
actividades deportivas y de ocio.
- Se cierran bares y restaurantes,
pudiendo prestar el servicio de entrega a domicilio.
- Se suspenden también las
celebraciones litúrgicas públicas.
Desde el Ayuntamiento se hace un
llamamiento a la calma, respeten la distancia de seguridad en los
establecimientos autorizados, sin preocuparse del suministro, ya que está
totalmente garantizado.
Por otro lado, y como una medida
más de prevención y control, se ruega a toda aquella persona que se encuentre
en nuestro municipio procedente de zonas de alto riesgo, así como todo aquel
residente de Librilla que haya estado recientemente en cualquiera de estas
zonas, que permanezca, por precaución, en su domicilio cumpliendo el periodo
establecido inicialmente de 15 días de cuarentena.
Gracias por la colaboración de
todos los vecin@s de Librilla.
Podéis descargar en esta noticia
el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma
para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.